Obtención de créditos de libre elección
Instrucciones y normatíva sobre la matrícula de asignaturas de libre elección
Procedimiento PARA LA OBTENCIÓN DE CRÉDITOS DE LIBRE ELECCIÓN A LA fACULTAD DE BIOLOGÍA
- El Reglamento que lo regula se aprobó en la sesión del Consejo de Gobierno de 5 de diciembre de 2006 (BOUC 21 de marzo de 2007) y se puede consultar en la pagina web de la UCM.
- El Rectorado, por acuerdo de Consejo de Gobierno, considera como un solo conjunto todos los créditos de Libre Elección de una Titulación sin asignarlos a ciclo. Esto quiere decir que en nuestro caso los alumnos han de cursar 33 créditos de Libre Elección que son el resultado de la suma de los 18 antes asignados a primer ciclo y de los 15 antes asignados al segundo ciclo.
- Los estudiantes pueden obtener sus créditos de libre elección de dos modos:
a) por asignaturas:
a-1) cursando asignaturas optativas de la Titulación o asignaturas genéricas.
a-2) por asignaturas superadas incluidas en cualquier plan de estudios de los títulos universitarios de carácter oficial conducentes a la obtención de un título de los incluidos en el Catálogo de títulos Universitarios Oficiales. Por esta vía se podrán obtener como máximo el 50% de los créditos de libre configuración incluidos en la titulación.
b) solicitando reconocimiento de créditos por distintas actividades.
En lo referente al modo b, hay distintas posibilidades:
- Por la realización de Prácticas en Empresas o Instituciones y por prácticas internas en la UCM (artículo 8):
- El máximo posibles de créditos que se pueden obtener son 15 y con un cómputo de 25 horas reales por crédito.
- Han de realizar y presentar una memoria resumen del trabajo que han hecho.
- Como requisito para solicitar esto han de haber superado al menos el 50% de los créditos de la Licenciatura, tener menos de 28 años, y estar al corriente de pago del seguro escolar.
2. Por Trabajos académicos dirigidos y Colaboración en Departamentos o Centros (artículos 9 y 10):
- Necesario informe y certificación del Consejo de Departamento o del Centro.
- En ese informe se especificará los créditos que el Departamento opina se le han de conceder.
- El máximo es de 5 créditos por curso académico.
- El estudiante deberá presentar una memoria resumen de la colaboración realizada.
- Un solo estudiante por trabajo.
- Por presentación de Comunicaciones a Congresos Científicos (artículo 11):
- La comunicación presentada corresponderá a un trabajo realizado bajo la supervisión de un profesor de la UCM.
- Se deberá aportar un certificado de la participación en el Congreso.
- En caso de trabajos realizados y presentados en colaboración, la equivalencia en créditos de cada Comunicación será:
Congreso Nacional:
1 autor: 4 créditos.
2 autores: 3 créditos.
3 autores: 2 créditos.
4 autores: 1,5 créditos.
Más de 4 autores: 1 crédito.
Congresos Internacionales y Congresos Regionales:
Tomando como base los valores indicados en el apartado de Congresos Nacionales, se multiplicarán las equivalencias por 3/2 en caso de Congresos internacionales y por 2/3 en caso de Congresos regionales, autonómicos o de la propia Universidad.
- El número máximo de créditos que se podrán obtener dentro de este apartado será del 50 % de créditos totales de libre elección incluidos en la titulación.
4. Por Organización de Congresos científicos, Exposiciones Científico-Técnicas y Exposiciones Artísticas (artículo 12):
- Siempre que el Congreso Científico, Exposición Científico - Técnica y la Exposición Artística, sea reconocida por la Comisión de Estudios del Rectorado, según el procedimiento de reconocimiento de créditos establecido en el Titulo III de la normativa (ver apéndice).
- hasta 4 créditos al Presidente y 3 al Vicepresidente, Secretario y Tesorero, y 1,5 créditos a los vocales del Comité Organizador.
- La simple asistencia, certificada, conllevará el reconocimiento de 1 crédito.
- El número máximo de créditos que se podrán obtener dentro de este capitulo será del 50 % de créditos totales de libre elección incluidos en la titulación.
5. Por seguimiento de Cursos y diplomas de Idiomas (artículo 13):
- cursos que imparta el Centro Superior de Idiomas Modernos de la UCM.
- Se concederán créditos de libre elección por los siguientes niveles de conocimiento de lenguas extranjeras, siempre y cuando se haya obtenido la acreditación después de haber ingresado en la UCM, y que se trate de lenguas que no formen parte del Plan de estudios que cursa el estudiante.
- Los créditos se concederán de acuerdo a la siguiente tabla de equivalencias:
a). Escuela Oficial de Idiomas, por cursos superados en cualquiera de las lenguas que se imparten con carácter oficial.
b). Asimismo, se podrán obtener créditos por la presentación de certificados expedidos por las siguientes instituciones y la comisión de estudios fijará el número de créditos:
- British Council
- Instituto Italiano di Cultura
- Alliance Française
- Institut Français
- Goethe Institut
- Será requisito imprescindible que los certificados se hayan obtenido durante la realización de los estudios universitarios.
- Los créditos obtenidos en cada nivel no tienen carácter acumulable.
- El número máximo de créditos que se reconocerán por este concepto será del 50% de los créditos de libre elección.
6. Por Diplomas y actividades de música, danza y arte dramático (artículo 14):
- Por estudios realizados en Centros oficiales en los que se haya obtenido el correspondiente título homologado.
- 4 créditos (título medio) ó 6 créditos (título superior) de libre elección
- siempre y cuando el título se haya obtenido después de haber ingresado
en la UCM.
- Por participación en coros, orquestas y aulas de teatro justificados por certificados expedidos por los correspondientes responsables.
- El número máximo de créditos que se podrán obtener será del 50 % de créditos totales de libre elección incluidos en la titulación.
7. Por participación en competiciones deportivas oficiales de la UCM, autonómicas, nacionales e internacionales, y por deportistas de élite (artículo15):
- Actividades en los equipos deportivos oficiales de la UCM y/o en equipos oficiales federados.
- Necesario certificado que acredite la participación, donde se hará constar el número de horas y eventos en los que se ha participado.
- El número de créditos reconocidos variará en función del tipo de campeonato oficial en que se participe, según la siguiente tabla orientativa de equivalencias:
Competiciones universitarias y autonómicas:
3 créditos.
Nacionales:
4 créditos.
Internacionales:
6 créditos.
- El número máximo de créditos será del 50 % de créditos totales de libre elección incluidos en la titulación.
- Los deportistas de élite, han de estar reconocidos como tales en el BOE, tendrán derecho al reconocimiento del máximo de créditos por esta actividad formativa, 16,5 en nuestro caso.
8. Organización de actividades Culturales y Actividades deportivas en la UCM (artículo16):
- Para la obtención de créditos por esta vía es necesario presentar a la Comisión de Estudios una memoria explicativa de la actividad realizada.
- El número máximo de créditos será del 50 % de créditos totales de libre elección incluidos en la titulación.
9. Actividades de representación del alumnado (artículo 17):
- 1 crédito por cada 20 horas de asistencia, hasta un máximo del 50% de los que tenga que cursar el estudiante en su titulación.
- Necesaria la certificación del número total de horas de asistencia, por parte del Secretario del Órgano Colegiado.
- Con la solicitud el alumno ha de presentar una memoria explicativa de las actividades desarrolladas, que será evaluada por parte de la Comisión de Estudios de cada Centro.
10. Por Cursos, Seminarios y otras Actividades Formativas (artículo 18):
- Mediante la realización de aquellos cursos, seminarios y otras actividades formativas que sean aprobados por la Comisión de Estudios del Rectorado, según el procedimiento descrito en el Título III del Reglamento (ver apéndice).
- 1 crédito cada 20 horas si existe asistencia acreditada y presentación de memoria, pero no hay evaluación.
- 1 crédito cada 10 horas si se ha estipulado el correspondiente procedimiento de evaluación.
- El número máximo de créditos será del 50 % de crédito totales de libre elección incluidos en la titulación.