Séptima Convocatoria
Séptima Convocatoria
Procedimiento para la solicitud de convocatoria extraordinaria
Se concederá a los estudiantes que hayan agotado las seis convocatorias ordinarias en una asignatura y cumplan alguno de los siguientes requisitos:
- Les reste para finalizar sus estudios el 30% como máximo de los créditos del correspondiente plan de estudios.
- No hayan disfrutado previamente de una convocatoria extraordinaria para alguna asignatura de la misma titulación.
- La nota media del expediente académico, tras la grabación de las actas de las asignaturas matriculadas, sea igual o superior a la calificación media de la promoción titulada dos cursos antes en el correspondiente estudio.
Si han agotado el número máximo de convocatorias en una asignatura y no cumplen los requisitos anteriores, podrán solicitar la convocatoria extraordinaria, siempre que justifiquen documentalmente alguna de las siguientes circunstancias:
- Enfermedad grave y prolongada del estudiante.
- Enfermedad grave y prolongada o fallecimiento de cónyuge, hijo/a, padre, madre o hermano/a.
- Causas económico-laborales graves de especial relevancia para el caso.
- Situaciones lesivas graves que afecten a la vida académica del estudiante.
- Otras circunstancias análogas relevantes, de especial consideración.
La solicitud se realizará por vía telemática mediante Sede Electrónica: Solicitud Séptima Convocatoria
Si cursa estudios en un centro adscrito a la UCM deberá enviar su solicitud a sregimen@ucm.es.
Observaciones:
- Para cada asignatura, será concedida por una sola vez, y únicamente para el curso académico en el que se solicita, pudiendo presentarse el estudiante en la convocatoria de su elección.
- Si no se supera la asignatura en la convocatoria extraordinaria, no podrán continuarse los mismos estudios en esta Universidad.
- Se celebrará ante un Tribunal constituido por tres profesores, uno de los tres será un profesor de otro Departamento afín al de la asignatura a evaluar.